2 nuevas cláusulas en los contratos de distribución.

A principios del próximo año 2020 vamos a realizar unos pequeños cambios en los contratos de distribución, donde añadiremos 2 cláusulas esenciales y de cumplimiento obligatorio para el buen funcionamiento y convivencia de los proyectos. 

A grandes rasgos, la primera consiste en lo siguiente: Cada vez que se realice una implantación de DF-SERVER en cualquier empresa será un compromiso por parte del fabricante la elaboración de un análisis de calidad de cada una de ellas con el objetivo de mejorar la optimización técnica de los proyectos y la atención al cliente.

La segunda cláusula aborda el tema de soporte de canal: Si se diese el caso de que el cliente  final desee realizar un cambio de distribuidor por cualquier tipo de problema que haya tenido lugar con el distribuidor durante el proyecto o soporte posterior: descontento con el servicio, tardanza en el cumplimiento de plazos preestablecidos, dejadez, falta de resolución de problemas….etc. Previo análisis de la situación, el fabricante se verá obligado a reconducir la implantación y asignarla a quien considere conveniente dentro del canal de distribuidores o el mismo fabricante se hará cargo de ella, según su valoración.

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